jueves, 11 de octubre de 2007

Grupo 1:

Aspectos Legales para la Constitución de empresas Mercantiles.

La compañía o sociedad mercantil constituye un contrato en el que dos o más personas se unen para realizar actos de comercio con la finalidad de obtener una ganancia producto de dichos actos para posteriormente ser distribuida.

Las Empresas Mercantiles son aquellas sociedades que se conforman bajo una denominación social y con personalidad jurídica propia. Las empresas pueden consolidarse de distintas formas, según ciertas características que conformen la organización de manera que cumpla con la normativa jurídica, dado que la misma puede estar dentro de la topología jurídica establecidas en el marco legal del país y especificar aún más los objetivos de la compañía. De esta manera el Código de Comercio de Venezuela permite principalmente las siguientes formas de sociedades:

Sociedad en Nombre Colectivo: Las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de todos los socios, siendo el nombre de ellos el que forma la denominación social de la misma, su capital esta constituido por los aportes en dinero, especies o industria. Esta compañía es administrada por todos los socios o por alguno de ellos.
Sociedades en comandita: Las obligaciones sociales de la sociedad estarán garantizadas por uno o varios socios, denominados comanditantes con responsabilidad ilimitada, solidaria y subsidiaria. Los comanditarios responden hasta por el monto de su aporte, teniendo en cuenta que cualquier socio comanditario que forme parte de la administración deberá responder como cualquier socio comanditante. Su razón social debe ser el nombre de todos los socios comanditantes acompañado de la frase “Compañía en comandita”. El capital debe estar formado por el aporte en dinero y especie de los socios comanditarios o comanditantes y en industria que hagan los comanditantes.
Sociedad de Responsabilidad Limitada: en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado, dividido en cuotas de participación, las cuales no podrán estar representadas en ningún caso por acciones o títulos negociables.
Compañía Anónima: en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado y en la que los socios no están obligados sino por el monto de sus acciones. En este tipo de compañía nos referimos a acciones comunes y acciones preferentes.
Compañía de Responsabilidad Limitada: en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado, dividido en cuotas de participación, las cuales no podrán estar representadas en ningún caso por acciones o títulos negociables.
Firma Personal: es aquella que no tiene asociados o que tiene sino un solo participante. No puede usar otra firma o razón de comercio sino que su apellido o su nombre.


Las empresas deben llevar como mínimo tres libros contables (mayor, diario y de inventario), que deben ser presentados en el registro mercantil antes de ser usados para presentar en forma clara sus actividades. Si el contador o la empresa cree conveniente llevar otros libros lo puede hacer con el fin de llevar un mayor orden en sus operaciones diarias. Por otra parte los Administradores juegan un papel muy importante dentro de l una empresa puesto que deben verificar y revisar todos los documentos referentes a la compañía. Además deben llevar aparte de los libros obligatorios: Libro de accionistas, libro de actas de asamblea, libro de actas de la junta de asambleas. Los administradores son responsables ilimitada y solidariamente ante los accionistas y los terceros de lo entregado en caja por los accionistas y de la veracidad de los dividendos pagados.

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